
Las últimas semanas han estado repletas de noticias sobre denuncias de acoso y hostigamiento sexual, sobre todo contra mujeres, adolescentes y niñas. El caso del productor y director de Televisa Luis de Llano, agresor de la artista y cantante Sasha Sökol, a través del llamado «grooming», una forma de pederastia ejercida al establecer una relación sentimental con ella cuando era una adolescente de 14 años. El caso ha dado la vuelta al mundo hispanohablante, sobre todo a partir de la sentencia que dictó un juzgado civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en la que el agresor fue condenado por daño moral al violentar su dignidad, integridad física, intimidad y honor. La sentencia incluye abstenerse de hablar de lo ocurrido y una indemnización monetaria a la cantante. A pesar de los obstáculos legales persistentes y la presión mediática ejercida por el nivel de exposición social de la parte demandante, se espera que esta sentencia sea un precedente importante para miles de casos de abuso infantil.
A nivel local tenemos el caso del ex-profesor del Tec de Monterrey Felipe Montes, quien fue destituido en 2017 de su cargo, a raíz de denuncias de hostigamiento sexual a alumnas de dicha institución. El caso ha estado nuevamente en boca de todxs a partir de la protesta feminista en la presentación de su libro llevada a cabo el 28 de abril en la librería del Fondo de Cultura Económica (FCE), en el municipio de San Pedro[1]; y el subsiguiente extrañamiento circulado el 4 de mayo por parte de colectivas en defensa de derechos humanos y feministas a título personal. El extrañamiento señala:
«no comprendemos cómo el FCE decide amparar en este contexto de violencia de género a una persona que aún no se disculpa públicamente, ni hace pública alguna propuesta de reparación del daño a las víctimas, ni presenta evidencia de estarse tratando psicológicamente para garantizar la no repetición de estos actos.
Felipe Montes Espino Barro (sic) no debe regresar al ámbito cultural como si nada hubiera pasado. Eso fortalece la impunidad y a la postre refuerza la violencia sistemática que sigue ocurriendo en espacios educativos en donde las niñas, adolescentes y jóvenes son acosadas por profesores sin que la sociedad, los gobiernos y las instituciones las protejan y garanticen un entorno libre de violencia hacia las mujeres.»
Para aclarar los términos, el hostigamiento sexual es una forma de violencia que implica el ejercicio del poder. Es una relación de subordinación formal de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva. Algunos ejemplos son tocar los cuerpos de compañeras de trabajo o de alumnas, su ropa, accesorios o cabello, hacer comentarios sobre su cuerpo y sexualidad, mirar lascivamente, hacer insinuaciones o realizar exigencias sexuales verbales, textuales, o de hecho. El acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación formal, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. La diferencia entre ambas conductas violentas es la ausencia de subordinación formal en el acoso sexual. No obstante, esto no necesariamente quiere decir que no exista una asimetría de poder entre la persona agresora y la persona receptora.[2]

Según un curso sobre acoso y hostigamiento sexual en mi centro de trabajo, impartido por la psicóloga Yésica Vargas Martínez el pasado 11 de mayo, el acoso y el hostigamiento sexual confluyen en varios puntos:
- Ambos han constituido una experiencia cotidiana en la vida de las mujeres.
- Representan una intrusión indeseada y no buscada, en los sentimientos, pensamientos, conductas, espacio, tiempo y cuerpo de una o varias mujeres.
- Uno y otro se encuentran invisibilizados y naturalizados a partir de la normalización cultural que refleja un esquema de poder y control.
- Ambos pueden ir escalando en sus expresiones.
- Son conductas que violan la integridad y la libertad psicosexual de las personas.
- Vulneran y violan las oportunidades de desarrollo y los derechos humanos de quienes las padecen.
- Son conductas difíciles de identificar y de denunciar.
Desde la primera ola de denuncias de #MeToo a inicios de 2019, que develaron diferentes formas de acoso sexual y violencia contra las mujeres[3], me pregunto frecuentemente si es posible una percepción de justicia y reparación adecuada del daño por parte de las víctimas. Pues ellas son las principales afectadas, las que recibieron inicialmente el daño, y las que han sido en muchos casos señaladas y castigadas socialmente, en muchos casos revictimizadas, junto con las personas que las han apoyado y acompañado al denunciar y hacer públicos sus casos. ¿Existe un castigo o condena suficiente para los agresores? ¿Qué acciones de reparación del daño serían necesarias, y por cuánto tiempo? ¿Serían necesarios cambios en las prácticas sociales e incluso en los lineamientos laborales, universitarios y escolares? Por ejemplo, restricciones de acceso, o vigilancia en la ejecución de las labores de docencia o de cualquier otro tipo para asegurar la no repetición.
El Instituto Nacional de las Mujeres, INMUJERES, señala como sanciones aplicables en el caso de este tipo de agresiones la combinación de elementos como:
- Terapia o ayuda profesional.
- Acción disciplinaria contra el hostigador (suspensión, despido, cambio de lugar de trabajo).
- Advertencia oficial que será incluida en el expediente del hostigador.
- Acción disciplinaria contra la parte denunciante, si hay pruebas concluyentes de que la queja fue hecha con mala intención.
- Disculpa formal.
- Conciliación/mediación por una tercera persona imparcial cuando ambas partes aceptan una solución favorable para las dos.
- Reembolso de cualquier costo asociado con el hostigamiento.
- Acreditación de cualquier permiso o incapacidad solicitada debido al hostigamiento.[4]
Me pregunto también, ya que son tantísimos los otrora intachables hombres denunciados: Más allá de las posibles consecuencias laborales y legales ¿qué opciones de reintegración social de acosadores sexuales y hostigadores sexuales denunciados existen? ¿Cuáles son o serían socialmente aceptadas? Lo pongo en masculino porque los hombres representan una aplastante mayoría de las personas denunciadas, oficial o no oficialmente, a través de las redes sociales, familiares y sociodigitales. Y aun así, en nuestras memorias individuales y colectivas, están pendientes tantos otros profesores y compañeros de trabajo aun no denunciados, y los muchos denunciados en redes sociales como Acoso en la U y en los tendederos públicos que se han colgado en diversos de centros laborales y educativos, sobre todo de formación media superior y superior.

Tantas preguntas y pocas respuestas, la reflexión sigue, y nos faltan muchas discusiones, muchos nuevos contratos y acuerdos sociales para erradicar estas formas de violencia de género tan comunes y naturalizadas. Me resuena en la mente una consigna de las marchas feministas, cada vez más numerosas y más llenas de juventud y coraje: «Tu estás cansado de escucharlo, nosotras estamos hartas de experimentarlo». Y no solo estamos hartas de vivirlo en el transporte público, es los espacios de trabajo y formación, en las redes sociodigitales y contextos familiares, sino también hartas de sufrir las consecuencias en nuestras carreras profesionales, en nuestras relaciones sociales y en nuestro bienestar físico y emocional.
Algunas personas me han preguntado, creo que con honestidad, qué se puede hacer, por dónde comenzar. La respuesta inmediata es sencilla, simplemente NO LO HAGAN, NO ACOSEN NI HOSTIGUEN SEXUALMENTE A LAS MUJERES, ADOLESCENTES Y NIÑAS. Ese sería un buen comienzo para construir un mundo libre de acoso sexual y hostigamiento sexual. Si no lo saben o no lo entienden, infórmense –existen excelentes recursos–, no sigan cosificando los cuerpos de las mujeres ni normalizando la violencia machista y patriarcal, no es el orden social que deseamos las mujeres y seguiremos luchando incansablemente por transformarlo. ¡NUNCA MÁS TENDRÁN LA COMODIDAD DE NUESTRO SILENCIO!
22 de mayo de 2023
Portada: Toma de la protesta del 8M-2023 en Monterrey. Foto de la autora.
[1] Video de Grupo Reforma en YouTube: Protestan contra FCE por libro de Montes
[2] Basado en una publicación de la UNAM en http://historia.filos.unam.mx/acoso-y-hostigamiento-sexual-cual-es-la-diferencia/#. Fuentes: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Suprema Corte de Justicia de la Nación Manuel de buenas prácticas paro investigar y sancionar el acoso laboral y/o el acoso sexual en la SCJN, p. 7; SCJN, Amparo Directo en Revisión 3186/2016.
[3] Ver https://academicxsmty43.blog/2019/04/01/metoo-descalificacion-patriarcal-y-el-absurdo-de-llamarnos-feminazis-libertad-chavez-rodriguez/
[4] INMUJERES (2009). Protocolo de intervención para casos de hostigamiento y acoso sexual. Disponible en:
http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/101154.pdf, p. 97.